¿Debe el Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo incluir desplazamientos en misión?

La Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible ha situado los Planes de Movilidad Sostenible al Trabajo en la agenda de muchas empresas. Sin embargo, aparece una duda relevante: ¿deben estos planes limitarse a los desplazamientos al centro de trabajo o deberían incluir también la movilidad en misión, es decir, la de comerciales, técnicos, repartidores, personal de asistencia, mantenimiento o visitas a clientes?

La respuesta no es completamente automática. Requiere diferenciar entre una lectura estrictamente legal y una lectura técnica, preventiva y estratégica.

 

Lo que dice la ley: el centro del PMST está en los desplazamientos al trabajo

La Ley 9/2025 define el Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo como el conjunto de medidas impulsadas por la dirección del centro de trabajo y elaboradas en el marco de la negociación colectiva, cuyo objeto es racionalizar los desplazamientos al lugar donde se desarrolla la actividad de empleados, clientes, proveedores y visitantes. Esta definición permite una lectura amplia, porque no habla únicamente del desplazamiento desde el domicilio al centro, sino del lugar donde se desarrolla la actividad.

No obstante, cuando el artículo 26 concreta la obligación empresarial, el enfoque queda más vinculado al centro de trabajo: centros con más de 200 personas trabajadoras o 100 por turno, negociación con la representación legal de las personas trabajadoras, soluciones de movilidad sostenible y medidas de seguridad vial y prevención de accidentes en los desplazamientos al centro de trabajo.

Por tanto, desde una interpretación prudente, no puede afirmarse de forma categórica que toda la movilidad en misión esté siempre incluida como contenido obligatorio del PMST. La ley no utiliza expresamente el concepto de “movilidad en misión” ni lo desarrolla como bloque propio.

Pero tampoco sería correcto descartarla.

 

La movilidad en misión no es el núcleo del PMST, pero forma parte de la movilidad real de la empresa

En muchas empresas, la movilidad en misión forma parte esencial de la actividad productiva. Comerciales, técnicos, repartidores, instaladores, personal de mantenimiento o mandos que se desplazan generan kilómetros, emisiones, exposición al riesgo vial, costes, tiempos improductivos, siniestralidad, multas y necesidades de organización.

Además, en estos desplazamientos la empresa tiene mucha más capacidad de influencia que en la movilidad in itinere: decide rutas, agendas, vehículos, tiempos, cargas de trabajo, normas de conducción, mantenimiento, formación y seguimiento.

Aquí entra también la lógica preventiva. La propia Ley 9/2025 exige que los PMST incluyan medidas relativas a la mejora de la seguridad vial y la prevención de accidentes. Y, aunque el artículo 26 lo vincula expresamente a los desplazamientos al centro de trabajo, desde el punto de vista técnico sería difícil justificar que una empresa analice el riesgo vial de acceso al centro y deje fuera otros desplazamientos laborales donde su capacidad de actuación es incluso mayor.

 

La DGT refuerza la visión preventiva: in itinere y en jornada

La DGT lleva años impulsando los planes de movilidad segura y sostenible como herramienta para reducir la siniestralidad vial laboral, tanto en los desplazamientos in itinere como en los realizados durante la jornada de trabajo.

Esto refuerza una idea importante: la seguridad vial laboral no debe tratarse solo como una cuestión de comportamiento individual del trabajador. Debe gestionarse como un sistema en el que influyen la organización del trabajo, la planificación de los desplazamientos, los vehículos, las rutas, los tiempos, la formación, el mantenimiento y las condiciones del entorno.

 

No toda la movilidad en misión es igual

Además, no toda la movilidad en misión debe analizarse de la misma manera. Conviene diferenciar, al menos, tres situaciones:

1. Profesionales de la conducción.
Personas cuya actividad principal consiste en conducir o transportar: transporte de mercancías, viajeros, reparto, asistencia urgente u otras actividades similares.

2. Personas que no son conductores profesionales, pero se desplazan habitualmente durante la jornada.
Comerciales, técnicos, personal de mantenimiento, asistencia a clientes, inspección, supervisión o servicios desplazados.

3. Personas que realizan desplazamientos profesionales ocasionales.
Reuniones externas, visitas puntuales, asistencia a eventos, gestiones, auditorías o desplazamientos corporativos esporádicos.

Esta clasificación es útil porque evita tratar todos los desplazamientos en misión como si fueran iguales. El enfoque, los indicadores y las medidas no pueden ser los mismos para una flota operativa diaria que para un equipo comercial, ni para una persona que se desplaza ocasionalmente a una reunión.

 

Dos movilidades, dos enfoques técnicos

La movilidad de acceso al centro exige trabajar sobre hábitos de desplazamiento, accesibilidad, transporte colectivo, aparcamiento, coche compartido, teletrabajo, horarios, coordinación con el municipio y reducción de la dependencia del vehículo privado.

La movilidad en misión exige otro tipo de análisis: exposición vial, kilómetros recorridos, tipo de vehículo, uso de vehículo propio o de empresa, planificación de rutas, tiempos de conducción, presión de agenda, fatiga, uso del móvil, mantenimiento, multas, accidentes, formación, normas internas, investigación de incidentes e indicadores de seguimiento.

También debería incluir protocolos ante fenómenos meteorológicos adversos o restricciones excepcionales de tráfico. En esos casos, la empresa puede tener que decidir si un desplazamiento se mantiene, se aplaza, se replanifica o se sustituye por otra alternativa. La DGT recomienda consultar información oficial, alertas meteorológicas y estado de la circulación cuando existan fenómenos atmosféricos adversos.

 

Integrarla con criterio, sin desvirtuar el PMST

Por eso, la posición más sólida no es mezclarlo todo, sino integrarlo con criterio.

El PMST debe tener como núcleo la movilidad vinculada al centro de trabajo, pero cuando la empresa tenga movilidad profesional relevante, debería incorporar un bloque específico de movilidad en misión o, al menos, conectarse con un plan de seguridad vial laboral.

De esta forma, la empresa cumple con una lectura prudente de la Ley 9/2025 y, al mismo tiempo, aprovecha el plan para actuar sobre una de las áreas donde más capacidad real tiene para reducir riesgos, emisiones y costes.

 

Conclusión: no desaprovechar la oportunidad

La conclusión es clara: aunque la movilidad en misión no aparezca expresamente desarrollada en la Ley 9/2025 como un contenido obligatorio diferenciado del PMST, no debería quedar fuera del análisis cuando sea relevante para la actividad de la empresa.

No desaproveches la oportunidad. El Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo puede ser mucho más que un documento de cumplimiento legal: puede convertirse en una herramienta para ordenar la movilidad real de la empresa, prevenir accidentes de tráfico laborales, reducir costes, mejorar la eficiencia operativa y avanzar hacia una movilidad más segura y sostenible.

En Prevensis contamos con una amplia experiencia en la prevención del accidente de tráfico laboral y en el diseño de planes de seguridad vial y movilidad para empresas. Ayudamos a interpretar correctamente el alcance legal del PMST, diseñar el diagnóstico, diferenciar la movilidad in itinere de la movilidad en misión y construir.